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BREVE PONTIFICIO
''IN SPIRITU SANCTO''
PARA CLAUSURAR EL CONCILIO VATICANO II

PABLO VI
PARA PERPETUA MEMORIA

8 de diciembre de 1965

 

El Concilio Vaticano II, reunido en el Espíritu Santo y bajo la protección de la Bienaventurada Virgen María, que hemos declarado Madre de la Iglesia, y de San José, su ínclito esposo, y de los santos Apóstoles Pedro y Pablo, debe, sin duda, considerarse como uno de los máximos acontecimientos de la Iglesia. En efecto, fue el más grande por el número de padres del globo, incluso de aquellas donde la jerarquía ha sido constituida recientemente; el más rico por los temas que durante cuatro sesiones han sido tratados cuidadosa y profundamente; fue, en fin, el más oportuno, porque, teniendo presente las necesidades de la época actual, se enfrentó, sobre todo, con las necesidades pastorales y, alimentando la llama de la caridad, se esforzó grandemente por alcanzar no sólo a os cristianos todavía separados de la comunidad de la sede apostólica, sino también a toda la familia humana.

Así, pues, finalmente ha concluido hoy, con la ayuda de Dios, todo cuanto se refiere al Sacrosanto Concilio ecuménico. Y con nuestra apostólica autoridad decidimos concluir a todos los efectos las constituciones, decretos, declaraciones y acuerdos, aprobados con deliberación sinodal y promulgados por Nos, así como el mismo Concilio ecuménico, convocado por nuestro predecesor, Juan XXIII, el 25 de diciembre de 1961, iniciado el día 11 de octubre de 1962 y continuado por Nos después de su muerte, mandamos y también ordenamos que todo cuanto ha sido establecido sinodalmente sea religiosamente observado por todos los fieles para gloria de Dios, para el decoro de la Iglesia y para tranquilidad y paz de todos los hombres. Hemos sancionado y establecido estas cosas, decretando que las presentes letras sean permanentes y continúen firmes, válidas y eficaces, que se cumplan y obtengan plenos, íntegros efectos y que sean plenamente convalidadas por aquellos a quienes compete o podrá competer en el futuro. Así se debe juzgar y definir. Y debe considerarse nulo y sin valor desde este momento todo cuanto se haga contra estos acuerdos por cualquier individuo o cualquier autoridad, conscientemente o por ignorancia.

Dado en Roma, junto a San Pedro, bajo el anillo del Pescador, el día 8 de diciembre, fiesta de la Inmaculada Concepción de la Bienaventurada Virgen María, el año 1965, tercero de nuestra pontificado.

PABLO PP.VI

 



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